NUEVA NORMATIVA / Delex Gourmet Productos Extremeños Montehermoso ( Caceres )

El mundo del JAMÓN IBÉRICO tiene una nueva normativa.  Eso quiere decir que los que estábamos en ello, no nos sorprende, ni nos molesta, ni nos preocupa.  Ha pasado a ser ley lo que ya veníamos haciendo tanto en la cría del cerdo como en su sacrificio y elaboración en nestras tres generaciones en el sector.

Las designaciones por alimentación son: “BELLOTA”  “CEBO DE CAMPO”   Y   “CEBO”.  El recebo desaparece. ¡¡POR FIN!!

Tres designaciones cada uno de ellas por raza:

- 100% Ibérico (Madre 100% ibérica padre 100% ibérico).

- 75% Ibérico (Madre 100% ibérica Padre cruce de 100% ibérico con 100% Duroc ).

- 50% Ibérico (Madre 100% ibérica Padre 100% Duroc)

 A partir de la nueva norma el jamón  se denomina “Jamón de bellota”  o “Jamón de cebo de campo ibérico”  o  “Jamón de cebo ibérico”  y a continuación en letra de menor tamaño pero al menos el 75% del tamaño de la otra, se expresa la raza 100%, 75% ó 50%.

La diferencia entre estos dos últimos, está en que se críen de forma intensiva (en naves)  ó extensiva (en libertad). Los de cebo de campo con limitaciones de animales por hectárea y más tiempo de cría, como pasa con los de bellota. De ahí la diferencia sustancial con los de cebo.  Madurez, alimentación y aire libre.

En el matadero se marcarán con precintos:                                                            

- Negros para el bellota 100% raza ibérico

- Rojo para los demás bellotas 75% y 50% raza ibérica y duroc

- Verde para piezas de cebo de campo

- Blanco para las piezas de cebo

A nuestros clientes les decimos que nos alegramos de la nueva normativa porque aclara toda clase de duda.

UN SALUDO y GRACIAS